AMPLIACIONES DE CAPITAL.
Aclararando unos conceptos sencillos.
CAPITAL SOCIAL Y RESERVAS: El Capital Social es la valoración en el Balance de la Empresa de las aportaciones de los socios desde la creación hasta el momento actual. Está representadp por un determinado número de acciones con un valor nominal tal, que en conjunto igualan la referida partida. P.e. una empresa con un capital social de 1.000.000 puede estar formada por 10.000.000 de acciones de 0,10 de nominal. Es la parte fundamental de los FONDOS PROPIOS de la Empresa ( no incluye el dinero prestado por Bancos, ni materias primas debidas, etc ). Además del Capital Social, los fondos propios incluyen las RESERVAS, que son beneficios generados en la empresa en diferentes ejercicios y que no se han repartido como dividendo, pasando a engrosar la RESERVA LEGAL ( obligada por la Ley ) o la RESERVA DE LIBRE DISPOSICIÓN ( esta última se puede destinar a enjugar pérdidas de ejercicios posteriores, a reparto de dividendos futuros o como es normal en muchos casos a ampliar el Capital Social ).
AMPLIACIÓN DE CAPITAL. Cuando la empresa cree conveniente propone a la Junta General de Accionistas una Ampliación de Capital, que en principio pueden presentar dos formas:
1.- Con derecho preferente de subscripción para el accionista. Es la más habitual y se pueden distinguir cuatro tipos:
Totalmente liberada
Parcialmente liberada
A la par
Con prima de emisión
Tomando como ejemplo la empresa anterior, una ampliación ‘Totalmente Liberada’ de 1×20 querría decir que se emiten 10.000.000/20 = 500.000 acciones de 0,10 de valor nominal con cargo a las Resevas y que una vez finalizado el período de subscripción el nuevo Capital de la empresa sería de 1.050.000 ( incrementado en 500.000 x 0,10 = 50.000 ) y sus reservas habrían disminuido en los mismos 50.000 con lo que el valor de la empresa permanece invariable.
Por lo mismo, una ampliación ‘Parcialmente liberada’ de 1×20 con aportación de 0,05 querría decir que seguirian siendo 500.000 acciones pero 0,05 se tendrían que pagar y los otros 0,05 se sacarían de Reservas. El valor de la empresa aumenta en el capital aportado por los nuevos y antiguos accionistas en 500.000 x 0,05 = 25.000 , mientras que el nuevo Capital Social sería de 1.050.000 y las reservas disminuirían solo en 25.000 .
Ampliación ‘a la par’. Cuando la empresa requiere nuevos fondos puede proponer este tipo, en el cual por cada nueva acción se paga el valor nominal ( en este caso 0,10 ). Se suele hacer cuando la cotización en Bolsa supera el valor nominal. Suponiendo que la acción cotiza en Bolsa a 2 , la asistencia a la ampliación está garantizada.
Ampliación de capital ‘con prima de emisión’. Se emplea cuando la empresa requiere nuevos fondos para acometer inversiones, eliminar deuda u otras necesidades financieras. En este caso, además del valor nominal (en el ejemplo 0,10 ) se solicita una prima (0,65 lo que hace un total de 0,75 ). Un ejemplo clarificador es el de la próxima
>>Ampliación de Capital de Natraceútical en la proporción de 1×3 + 0,75 <<
1. Se emitirán 82.178.486 acciones ordinarias nuevas, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación.
2. Las acciones se emiten a un precio de 0,75 euros por acción, de los que 0,10 euros corresponden a valor nominal y 0,65 euros a prima de emisión, en la proporción de una (1) acción nueva por cada tres antiguas, por lo que para poder suscribir una acción nueva se deberán poseer 3 derechos de suscripción.
3. El importe nominal de la ampliación de capital acordada es de 8.217.848,60 euros y el importe efectivo es de 61.633.864,50 euros.
4. El período de suscripción preferente tendrá un plazo de 15 días naturales, durante el cual los derechos de suscripción preferente podrán negociarse. Si tras la finalización del periodo de suscripción preferente no se hubieran suscrito la totalidad de las acciones emitidas, se abrirá un segundo periodo de asignación, dirigido a quienes hayan suscrito acciones durante el período de suscripción preferente. En caso de haber acciones sobrantes tras dicho período, se abrirá una tercera vuelta, dirigida a cualquier interesado. Los términos y condiciones del procedimiento de suscripción y desembolso se describirán en el Folleto de la emisión.
2. Con renuncia del derecho preferente de suscripción de los accionistas
Son ampliaciones de capital destinadas a pagar en acciones ( conocido como ‘en papel’ ) absorciones de otras empresas, deuda renegociada, etc.. En ellas el accionista renuncia ( o lo hacen renunciar ) en una Junta General de Accionistas a su derecho a acudir a la ampliación ( Caso p. e. de Ercros con la compra de Derivados Forestales ).
PERIODO DE SUSCRIPCIÓN. Para poder adjudicar las nuevas acciones a sus futuros propietarios, se abre un período de suscripción (normalmente 15 dias). El primer día de dicho período a cada accionista que lo era al final del día anterior le aparecen tantas acciones ‘viejas’ como las que ya tenía, y además tantos ‘derechos de suscripción’ como acciones. Es natural, cada accionista tiene derecho a suscribir acciones de la empresa de la que es propietario y cada uno tiene que tener derecho en proporción a su propiedad. Durante el referido período de suscripción, los derechos se pueden negociar en Bolsa independientemente de las acciones ‘viejas’ a conveniencia del propietario, vender si quiere hacer caja, mantener si quiere acudir a la ampliación o comprar si quiere suscribir más acciones ‘nuevas’ para añadir a las que ya posee. Hay que tener en cuenta que los derechos van asociados al período de suscripción, por lo que transcurrido este pierden su valor ( ya no se tiene derecho a acudir a la ampliación ). Esto normalmente no es problema en las ampliaciones liberadas pues la asignación es automática, pero en las que >>no son totalmente liberadas<< se tiene que avisar al banco, caja o broker para darle las instrucciones oportunas, caso de que llegues al final sin venderlas ( en algunos casos si no dices nada te las venden -o lo intentan- el penúltimo o último día ).
ADMISIÖN A COTIZACIÓN. Una vez finalizado el período de suscripción, se requieren de toda una serie de trámites legales que finalizan con la admisión a cotización en la Bolsa y que suele ser del orden de otros 15 dias. En el momento en que está todo dispuesto para salir a Bolsa, la empresa correspondiente lo comunica a la CNMV ( Comisión Nacional del Mercado de Valores ) como Hecho Relevante y en la fecha indicada comienzan a cotizar las ‘nuevas’. La diferencia entre ‘viejas’ y ‘nuevas’ desaparece cuando ambas adquieren los mismos derechos políticos y económicos. Actualmente casi todas las ampliaciones suelen indicar expresamente este término, pues en caso de que no lo hiciesen, los derechos económicos ( dividendos del ejercicio en curso p. e. ) solo serían a partir de la fecha de suscripción y no como las ‘viejas’ que los poseen desde el 1 de Enero.
VALORES TEÓRICOS DE ACCIÓN Y DERECHO. ¿Qué valor tendrá el derecho el primer día de la ampliación ? ¿ Y la acción ? ¿ Bajará ?. Estas son preguntas habituales que todos nos hemos planteado alguna vez. En principio, y teniendo en cuenta que todas las acciones suben y bajan, de un día a otro puede pasar cualquier cosa, pero el valor teórico de referencia para la apertura del primer día del período de ampliación, solo tiene en cuenta el valor de cierre del día anterior y si se añadirá capital real o no en la ampliación, osea, el valor teórico de la empresa. Tomando como ejemplo a Natraceutical, consideremos que tenemos 3 acciones que han cotizado a 1,54 . Su valor es de 3 x 1,54 = 4,62 . Al final de la ampliación tendremos 4 acciones y habremos tenido que pagar 0,75 adicionales, por lo que el nuevo valor total sería 4,62 + 0,75 = 5,37 y el de cada acción post ampliación 5,37 / 4 = 1,3425 .
Por tanto:
Acción Vieja: 1,54
Acción Nueva: 1,3425
Diferencia: 0,1975 ( Derecho )
AMPLIACIÓN BLANCA. Se refiere a aquella en que se venden tantos derechos como son necesarios para acudir con el dinero obtenido a la ampliación que no es ‘totalmente liberada’. Evidentemente no vas a la ampliación de todas las acciones que te corresponderían pero tampoco desembolsas ningún capital
Espero haber resuelto alguna duda.
61005
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